Como Asociarse
Tienen la calidad de asociados de SOLIDARIOS, las personas que determine la Ley, así mismo las personas naturales legalmente capaces o jurídicas que hayan sido ratificados por el Consejo de Administración o quien este delegue, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Estatuto y permanezcan asociados hábiles.
Podrán ser asociados de SOLIDARIOS:
- Las personas naturales que se encuentren vinculadas laboralmente a una o varias entidades públicas o privadas, las personas naturales independientes y/o estudiantes que demuestren dependencia económica de sus padres.
- Los menores de edad que se asocien a través de su representante legal.
- Las personas jurídicas pertenecientes al sector de la Economía Solidaria y las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.
- Las micro, pequeñas y medianas empresas, conforme la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
Requisitos para persona natural
1. Cumplir con las condiciones para tener la calidad de asociado.
2. Presentar y diligenciar solicitud por escrito en formato de vinculación de SOLIDARIOS.
3. Estar vinculado laboralmente a una empresa de cualquiera de los sectores de la economía, o demostrar que, como trabajador independiente, percibe regularmente ingresos, o tener constancia de que recibe periódicamente mesadas demostrables, mediante documentos tales como extractos bancarios, donaciones, certificaciones y herencias.
4. Pagar una cuota de admisión, no reembolsable equivalente al 5% del salario mínimo legal mensual que se encuentre en vigencia al año inmediatamente anterior al momento del ingreso.
5. Cancelar los Aportes Sociales estableciendo como mínimo el 5% del salario mínimo mensual legal que se encuentre en vigencia al año inmediatamente anterior, valor que será reglamentado por el Consejo de Administración. Posteriormente continuará aportando en los montos que se determinen en el Reglamento de Admisión y Retiro de Asociados que, para tal efecto, expedirá el Consejo de Administración.
6. Haber recibido educación Cooperativa o por lo menos estar dispuesto a recibirla dentro de un término establecido por SOLIDARIOS.
7. Estar domiciliado dentro del ámbito territorial de operaciones de SOLIDARIOS, al momento de la solicitud de afiliación.
8. Ser aceptado como asociado de SOLIDARIOS por decisión del Consejo de Administración o quien éste delegue.
9. Aceptar y comprometerse a cumplir el Estatuto y los Reglamentos de SOLIDARIOS.
10. Aceptar el tratamiento de datos personales de carácter no sensible.
11. Autorizar el tratamiento de los datos personales de carácter comercial, crediticio, financiero y de servicios.
12. Suministrar toda la información requerida, para dar cumplimiento a las normas del sistema de administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo.
13. No encontrarse incluido en listas vinculantes o no vinculantes o restrictivas sobre lavado de activos o financiación del terrorismo.
14. No haber sido excluido de SOLIDARIOS.
15. Autorizar los descuentos por nómina a través del sistema de libranzas cuando haya lugar a ello.
16. Proporcionar toda la información de carácter personal, documentación de índole laboral y económica que requiera SOLIDARIOS y aceptar las verificaciones del caso.
Requisitos para persona juridica
1. Estar legalmente creada e inscrita, con su registro mercantil, según la normatividad vigente que la regula.
2. Tener su domicilio principal dentro del territorio de operaciones de SOLIDARIOS.
3. Presentar por escrito solicitud de admisión acompañada del certificado de existencia y representación legal con una vigencia no superior a 30 días.
4. Adjuntar fotocopia del NIT o RUT y fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal.
5. Presentar copia del Estatuto vigente en los casos que aplique.
6. Presentar copia de los últimos estados Financieros.
7. Constancia de la parte pertinente del acta del órgano competente que acordó la vinculación como asociado.
8. Pagar una cuota de admisión no reembolsable que será reglamentada por el Consejo de Administración.
9. Pagar el aporte social equivalente como mínimo al 10% de un salario mínimo legal mensual vigente de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida el Consejo de Administración.
10. Autorizar el tratamiento de sus datos e información como persona jurídica, así como el tratamiento, consulta y reporte de la respectiva información.
11. Autorizar el tratamiento de los datos personales de carácter comercial, crediticio, financiero y de servicios.
12. Suministrar toda la información requerida, para dar cumplimiento a las normas sobre el sistema de administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo.
13. No aparecer registrada, ni la persona jurídica, ni sus administradores o beneficiarios finales, en las listas vinculantes.
14. No haber sido excluido como asociado de SOLIDARIOS.
Derechos de los asociados
En concordancia con el Objeto Social y el Código de Ética, Conducta y Buen Gobierno, los asociados de SOLIDARIOS tendrán los siguientes derechos:
1. Participar en las actividades de SOLIDARIOS y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
2. Ejercer actos de decisión y el derecho al voto, a elegir y ser elegido para los órganos de Administración, Control, Apelación y Delegado a la Asamblea General, de acuerdo con los mecanismos establecidos y en la forma señalada por la Ley y el Estatuto, previo conocimiento de los perfiles requeridos para ser elegidos. A cada asociado hábil y activo le corresponde un solo voto, los menores de edad solo podrán ejercer su derecho al voto a través de su representante legal o apoderado, ni él ni su representante legal o apoderado podrán ser elegidos Delegados.
3. Beneficiarse de los excedentes, al igual que de los programas que establezca SOLIDARIOS, para los asociados, tales como: solidaridad, educación, recreación y demás, según los reglamentos establecidos.
4. Presentar a los órganos de dirección proyectos e iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de la Entidad.
5. Examinar los libros de actas, contabilidad y demás documentos, en los términos y procedimientos que por Ley y reglamentos se establezcan.
6. Recibir información sobre los aspectos fundamentales de la gestión de SOLIDARIOS, de forma oportuna, transparente y confiable, para la toma de decisiones, de acuerdo con lo establecido en la Ley y demás normas internas.
7. Utilizar los servicios que ofrece SOLIDARIOS, realizando las operaciones propias de su objeto social y sus actividades, para lo cual la Entidad establecerá canales y mecanismos ágiles y seguros.
8. Fiscalizar la gestión económica, administrativa y social de SOLIDARIOS, utilizando los mecanismos establecidos.
9. Presentar por escrito y por intermedio de la Junta de Vigilancia, quejas, reclamos y peticiones respetuosas en relación con la administración, los servicios, o el funcionamiento general de SOLIDARIOS y recibir las explicaciones, aclaraciones y justificaciones respectivas, en un término máximo de quince (15) días hábiles.
10. Ser escuchado por el Consejo de Administración de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida este organismo.
11. Tener un trato justo y equitativo, garantizado por la Administración.
12. Ser capacitado regularmente acerca de los principios, valores organizacionales y sobre economía solidaria, buscando que sus asociados adquieran los requisitos establecidos para aspirar a ser parte de los órganos de administración y control.
13. Analizar la gestión de los miembros del Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Revisor Fiscal y demás comités nombrados por la Asamblea, de acuerdo con la información presentada.
14. Conocer los canales de comunicación que dispone la organización, a través de los cuales se puede acceder a la información de la Entidad, en donde adicionalmente se informe a los asociados sobre las decisiones tomadas en Asamblea General.
15. Retirarse voluntariamente de SOLIDARIOS.
16. Las demás que resultaren de la Ley, el Estatuto y los reglamentos. PARÁGRAFO 1: El ejercicio de los derechos de los asociados estará condicionado al cumplimiento de los deberes y obligaciones con la Entidad. Este cumplimiento otorga la autoridad moral la cual nace como consecuencia de la conducta ejemplar y mostrable de atender debidamente los deberes como asociado.
PARÁGRAFO 2: Los derechos consagrados en la Ley y en el presente Estatuto, sólo podrán ser ejercidos por los asociados hábiles o sea por quienes estén al día en sus obligaciones económicas y sociales según el presente Estatuto y los reglamentos.
Deberes de los asociados
Los asociados tendrán, además de los deberes consagrados en las disposiciones legales y en las normas concordantes del presente Estatuto, especialmente los siguientes:
1. Adquirir conocimientos sobre los principios básicos del cooperativismo, y sobre el Estatuto que rigen la Entidad y comportarse siempre con espíritu solidario con la Entidad y miembros de la misma.
2. Someterse estrictamente a la Ley, los principios cooperativos, el Estatuto y los reglamentos, así como acatar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
3. Cumplir rigurosamente con el pago de aportes, la amortización de créditos y con las demás obligaciones y compromisos adquiridos con SOLIDARIOS.
4. Autorizar previamente al pagador para que, de su salario, honorarios, o pensión, según sea su fuente de ingresos deduzca y traslade los recursos a SOLIDARIOS, previa suscripción de libranza y aceptación del pagador.
5. Participar activamente en los actos y reuniones de la organización, que sean legalmente convocados y desempeñar en la mejor forma posible, los cargos para los que fuere elegido.
6. Abstenerse de ejecutar hechos o incurrir en omisiones que puedan afectar la estabilidad económica, financiera y el prestigio social de la organización y guardar la más absoluta lealtad respecto de sus actividades y transacciones.
7. Los asociados deberán mantener sus datos personales actualizados en SOLIDARIOS, así como brindar la información requerida para el cumplimiento normativo en materia de prevención Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - LAFT.
8. Abstenerse de emitir comentarios o juicios que puedan afectar la reputación o funcionamiento de SOLIDARIOS.
9. Aceptar y cumplir las decisiones de la Asamblea, de los órganos de administración y vigilancia de SOLIDARIOS, adoptadas conforme la Ley y el Estatuto.
10. Prevenir el riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - LAFT, a través de las operaciones realizadas en SOLIDARIOS.
11. Autorizar a SOLIDARIOS para el manejo de sus datos personales con fines de la relación en su calidad de asociado.
12. Declarar su impedimento actual o sobreviniente cuando esté incurso en alguna incompatibilidad o causa de inhabilidad de orden legal Estatutario o reglamentario, así como abstenerse de incurrir en hechos que generen conflicto de intereses con SOLIDARIOS.
13. Guardar prudencia y discreción en materia política, racial, social o religiosa y evitar que ellas determinen o interfieran en las relaciones interpersonales al interior de SOLIDARIOS.
14. Las demás que determinen la Ley, el Estatuto y reglamentos. PARÁGRAFO: Tanto los derechos como los deberes se darán a conocer en el momento del ingreso como asociado, al igual que se promulgarán en las capacitaciones y publicaciones que organice y realice SOLIDARIOS
SOLIDARIOS a través de sus órganos de administración control y vigilancia, podrán verificar y establecer la expedición y cumplimiento de las políticas para la protección de datos personales y la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, aplicables a todos los asociados, empleados, directivos, proveedores y terceros interesados que tengan relación con la Entidad.
Política de protección de datos personales SOLIDARIOS velará por:
- Adoptar las Políticas de Protección de Datos personales y habeas data en General, de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes vigentes en la materia.
- Aprobar el aviso de privacidad y mantenerlo actualizado.
- Aprobar los procedimientos tendientes a cumplir con las directrices legales para la protección del habeas data.
- Designar el oficial de protección de datos personales.
- Destinar los recursos necesarios con el fin de salvaguardar los datos de los titulares, conforme a lo establecido en su política.
- Realizar seguimiento a las quejas o recomendaciones adoptadas.
- Aprobar los procedimientos y responsables de los reportes.
- Mantener las bases de datos actualizadas.
- Utilizar las bases de datos para las finalidades establecidas en las políticas.
- Obtener la autorización por parte de los titulares de la información.
- Capacitar al personal constantemente sobre las políticas de protección de datos personales, garantizando como mínimo una capacitación por año.
- Registrar sus bases de datos ante las autoridades establecidas por la Ley.
- Las demás inherentes que guarden relación con la protección de los datos personales.
PARÁGRAFO: Corresponde a los órganos de administración verificar y establecer la expedición y cumplimiento de las políticas para la administración del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, aplicables a todos los asociados, directivos, empleados, proveedores, y terceros interesados que tengan relación con la Entidad.