Persona Jurídica

 

  1. Estar legalmente creada e inscrita (registro mercantil) según la normatividad vigente que la regula.

  2. Tener su domicilio principal dentro del territorio de operaciones de la Cooperativa.

  3. Diligenciar el formato de solicitud de ingreso por intermedio de su Representante Legal, acompañado del certificado de existencia y representación legal con una vigencia no superior a treinta (30) días y tramitarlo ante el Gerente.

  4. Presentar copia del Acta expedida por el órgano de dirección competente, donde se acredite la autorización para el ingreso a la Cooperativa, debidamente firmada por el presidente y secretario de dicho organismo.

  5. Pagar una cuota de admisión no reembolsable de un salario mínimo mensual legal vigente, con destino al Fondo de Solidaridad.

  6. Cancelar como Aportes Sociales inicialmente, el 10% de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. Posteriormente continuará aportando en los montos que se determinen en el Reglamento de Admisión y Retiro de Asociados.

  7. Que la ley le permita hacer parte como Asociado dentro de una Cooperativa.

  8. Ser una Persona Jurídica legalmente constituida o de derecho público

  9. Las Personas Jurídicas del sector cooperativo y las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.

  10. Proporcionar toda la información que requiera la Cooperativa y autorizar su verificación y consultas en Bancos de Datos y Centrales de Riesgos.