Persona Jurídica
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Estar legalmente creada e inscrita (registro mercantil) según la normatividad vigente que la regula.
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Tener su domicilio principal dentro del territorio de operaciones de la Cooperativa.
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Diligenciar el formato de solicitud de ingreso por intermedio de su Representante Legal, acompañado del certificado de existencia y representación legal con una vigencia no superior a treinta (30) días y tramitarlo ante el Gerente.
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Presentar copia del Acta expedida por el órgano de dirección competente, donde se acredite la autorización para el ingreso a la Cooperativa, debidamente firmada por el presidente y secretario de dicho organismo.
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Pagar una cuota de admisión no reembolsable de un salario mínimo mensual legal vigente, con destino al Fondo de Solidaridad.
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Cancelar como Aportes Sociales inicialmente, el 10% de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. Posteriormente continuará aportando en los montos que se determinen en el Reglamento de Admisión y Retiro de Asociados.
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Que la ley le permita hacer parte como Asociado dentro de una Cooperativa.
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Ser una Persona Jurídica legalmente constituida o de derecho público
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Las Personas Jurídicas del sector cooperativo y las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.
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Proporcionar toda la información que requiera la Cooperativa y autorizar su verificación y consultas en Bancos de Datos y Centrales de Riesgos.